Texto vigente consultado en el BOE. Última modificación de la ley: 21 de marzo de 2026.

En pocas palabras

  • Ningún propietario puede pedir que se acabe la propiedad horizontal dividiendo el edificio.
  • La acción de división solo cabe entre los copropietarios de un mismo piso o local (por ejemplo, herederos), y solo sobre ese piso.

Qué significa en la práctica

Si heredas un piso con tus hermanos, podéis pedir la división de ese piso entre vosotros, pero nunca la del edificio.

Texto del artículo 4

La acción de división no procederá para hacer cesar la situación que regula esta ley. Sólo podrá ejercitarse por cada propietario proindiviso sobre un piso o local determinado, circunscrita al mismo, y siempre que la proindivisión no haya sido establecida de intento para el servicio o utilidad común de todos los propietarios.

¿Tienes un caso concreto?

Plantéalo en el foro de vecinos de Madrid o consulta a un administrador de fincas en Madrid.

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